La Directiva europea 2021/514, conocida como DAC7, introduce nuevas obligaciones en materia de cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad dentro de la Unión Europea. Su objetivo principal es mejorar la transparencia fiscal y garantizar que las autoridades tributarias europeas cuenten con la información necesaria sobre las actividades económicas realizadas a través de plataformas digitales.
Bajo este nuevo marco normativo, las plataformas en línea que facilitan la venta de bienes, el arrendamiento de inmuebles o la prestación de servicios, como pueden ser Wallapop, Airbnb, eBay o similares, deben recopilar, verificar y comunicar a las autoridades fiscales los datos de los vendedores que operan en sus entornos, con independencia de si estos residen dentro o fuera de la UE.
En este artículo analizamos los principales aspectos de la normativa DAC7, los sujetos obligados, los datos que deben reportarse y el impacto que supone tanto para plataformas digitales como para sus usuarios.
¿Qué es DAC7?
DAC7 es una extensión de la Directiva sobre Cooperación Administrativa (DAC) que obliga a las plataformas digitales a compartir información fiscal relativa a determinados usuarios con las autoridades tributarias. Esta obligación persigue reforzar el control fiscal sobre la economía digital, especialmente en lo que respecta a ingresos generados por particulares y empresas en actividades como la venta de bienes usados, el alquiler de viviendas o la prestación de servicios personales.
Es importante subrayar que DAC7 no modifica el régimen tributario aplicable a las transacciones de segunda mano, pero sí establece una mayor supervisión sobre los ingresos derivados de dichas actividades, facilitando el intercambio de información entre administraciones fiscales de los Estados miembros.
¿A qué vendedores afecta DAC7?
No todos los usuarios de plataformas digitales se verán afectados por DAC7. La obligación de reportar información recae únicamente sobre aquellos vendedores que, en un año natural, cumplan al menos uno de los siguientes criterios:
- Haber realizado 30 o más transacciones de venta.
- Haber recibido más de 2.000 euros en ingresos totales por ventas.
En consecuencia, los vendedores ocasionales que se deshagan de bienes personales por un importe igual o inferior al precio de adquisición no estarán sujetos al IRPF ni a los requisitos de DAC7.

¿Qué información deben reportar las plataformas digitales?
Las plataformas obligadas por DAC7 deben recopilar y comunicar a las autoridades fiscales la siguiente información relativa a los vendedores que cumplan los umbrales mencionados:
- Datos de identificación del vendedor: nombre completo o razón social, dirección, número de identificación fiscal (NIF) y, en su caso, número de IVA.
- Información financiera: número de cuenta bancaria utilizada para recibir pagos, importe total percibido, comisiones aplicadas, tasas y tributos retenidos.
- Datos sobre arrendamientos de inmuebles: localización del inmueble arrendado y número de días que ha estado alquilado durante el año.
¿Qué ocurre con las plataformas digitales que están fuera de la Unión Europea?
Las plataformas digitales extranjeras que operan en el mercado europeo también están sujetas a DAC7. Para cumplir con la normativa, estas entidades deberán registrarse en un Estado miembro de la UE, salvo que ya estén identificadas a efectos del IVA en virtud de los nuevos regímenes especiales aplicables al comercio electrónico.
Una vez registradas, la obligación de comunicación será canalizada a través del Estado miembro correspondiente, permitiendo a las autoridades fiscales europeas acceder a la información relevante sin importar el origen geográfico de la plataforma.
DAC7 representa un paso más en la consolidación de un entorno fiscal transparente, homogéneo y adaptado a los desafíos de la economía digital. Para las plataformas, implica una mayor carga operativa y la necesidad de revisar sus procesos de verificación y reporte. Para los usuarios, especialmente aquellos con actividad económica habitual en plataformas digitales, supone una mayor exposición al control tributario y la necesidad de cumplir con sus obligaciones fiscales de forma más rigurosa.

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